Guía sobre la Prestación CUME: Todo lo que necesitas saber
✨ ¿Qué es la Prestación CUME y qué situación protege?

La Prestación CUME (Cuidado de Menores Enfermos) es una prestación económica destinada a progenitores, adoptantes o acogedores que deben reducir su jornada laboral para cuidar de manera directa, continua y permanente a un hijo con una enfermedad grave. Esta prestación está regulada en el Real Decreto 1148/2011 y aplica tanto a trabajadores por cuenta ajena como autónomos. Esta reducción de jornada debe ser del 50% al 99,9%.
La CUME compensa la pérdida de ingresos derivada de la reducción de jornada laboral de los progenitores que deben cuidar de un hijo con una enfermedad grave que haya requerido hospitalización y continúe con tratamiento médico domiciliario.
✨Requisitos para acceder a la Prestación CUME
Para ser beneficiario de la Prestación CUME, se deben cumplir varios requisitos, que incluyen:
- Reducción de jornada: La jornada laboral debe reducirse entre un 50% y un 99,99%.
- Acreditar la necesidad de cuidado «directo, continuo y permanente» de un hijo a su cargo con enfermedad grave y que haya requerido un ingreso hospitalario y precise continuar con el tratamiento médico en el domicilio tras el diagnóstico y la hospitalización. Se acredita a través de informe médico.
- Ambos progenitores deben estar de alta en la Seguridad Social ( trabajador por cuenta ajena / cuenta propia)
- Enfermedad grave que esté dentro del listado de enfermedades incluidas en el Real Decreto 1148/2011
✨Causantes de la prestación

Pueden generar este derecho los menores de edad que:
- Tengan una enfermedad grave reconocida en el anexo del Real Decreto 1148/2011.
- Hayan requerido hospitalización y necesiten cuidados continuados y permanentes.
✨Beneficiarios

Pueden solicitarla:
- Padres, madres, adoptantes o acogedores que reduzcan su jornada laboral.
- Ambos progenitores deben estar de alta en la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena o cuenta propia
- Se debe reducir la jornada al menos el 50%
La lectura del real decreto es muy importante al estar detallado íntegramente qué es la CUME, los requisitos de obligatorio cumplimiento y el listado de enfermedades que cubre la CUME entre otros.
✨¿Cuánto tiempo dura la prestación y qué incluye?
- Duración: La prestación se debe renovar en los períodos establecidos en el RD 1148/2011, siempre que se mantengan las condiciones por la que fue concedida.
- Se otorga hasta que el menor cumpla 23 años (o 26 si tiene un grado de discapacidad superior al 65%) siempre que haya sido diagnosticado antes que hubiese alcanzado la mayoría de edad.
- Cobertura económica: Se garantiza el 100% de la base reguladora correspondiente a la prestación por Incapacidad Temporal derivada de contingencias comunes o profesionales, según corresponda.
- Exención fiscal: La prestación está exenta de tributación por IRPF.
✨Procedimiento para solicitar la cume

- Pedir la reducción de jornada a la empresa ( regulada en el Artículo 37 del Estatuto de Trabajadores)
- Contactar con la mutua colaboradora o el INSS.
- Presentar la documentación solicitada por la mutua, que incluirá informes médicos y justificantes de la reducción de jornada (donde esté indicado de la necesidad del cuidado directo, continuo y permanente además de especificar cuál es la enfermedad que debe de estar dentro de las enfermedades enumeradas en el RD 1148/2011
- Esperar la resolución de la mutua, que determinará la concesión de la prestación.
- Una vez aprobada, la prestación se reconocerá por un mes inicial, con posibilidad de prorrogarla cada dos meses si persiste la necesidad de cuidados. Posteriormente, se podrá prorrogar cada cuatro meses, siempre con la presentación de informes médicos.
Conclusión

La prestación CUME es un derecho fundamental que permite a las familias conciliar el cuidado de sus hijos con enfermedades graves sin perder estabilidad económica. Si cumples los requisitos, te recomendamos informarte bien y contactar con la mutua o trabajador social correspondiente para iniciar el proceso.
Para más información, consulta el Real Decreto 1148/2011
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